Moyobamba, 20 de abril de 2024

Poder judicial dispone trabajo remoto en órganos jurisdiccionales y administrativos desde el 6 de enero

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Importante 📣Medida fue adoptada por Consejo Ejecutivo

✅ Audiencias y vistas de causa programadas se realizarán a través del aplicativo Google Meet.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside Elvia Barrios Alvarado, dispuso la realización del trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial a nivel nacional, a partir del 6 de enero y hasta nueva disposición.

Cabe recalcar, que los jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial venían realizando sus labores en forma presencial y diaria.

Pero considerando el contexto actual de la COVID-19 en el país, el CEPJ decidió adoptar medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los/las usuarios/as del sistema judicial, y para garantizar la continuidad del servicio de justicia.

La medida debe efectivizarse en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.

El órgano de gestión acordó, asimismo, que la Presidencia del Poder Judicial y las presidencias de las cortes superiores del país, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, pero con las medidas de bioseguridad necesarias.

AUDIENCIAS POR GOOGLE MEET

Además, estableció que bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estas deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet.

La resolución ordena también que los presidentes/as de las cortes superiores del país, así como las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisarán la producción jurisdiccional de los jueces y juezas.

Por su parte, el personal jurisdiccional y administrativo deberá justificar el trabajo diario que realizan ante el/la jefe/a inmediato.

En ambos casos, se señala que la Presidencia de la corte superior de justicia correspondiente emitirá un informe al CEPJ para las acciones respectivas.

La referida resolución fue notificada a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, presidentes/as de las salas de la Corte Suprema, Presidencias de las cortes del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

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